Poneos en mi lugar por un instante. Estáis ultimando las gestiones para lanzar vuestro web-blog sobre el Derecho y la industria de los videojuegos. Creéis entender el medio, la velocidad a la que se consume contenido en la red y la primacía de los formatos en video, de más fácil digestión. Sabéis que, con vuestro formato escrito, jugáis en desventaja.
“No puedo salir a contar un rollo macabeo. Seamos concisos y directos”
Así que le dedicáis tiempo a la reflexión sobre la extensión de las entradas, el tono, y la profundidad en el tratamiento de aquello que cuentes (queréis aportar algo de valor que no se encuentre en otro lugar de la red – al menos reunido -, pero no aburrir; si el lector quisiera ser abogado, habría estudiado Derecho).
“Para empezar, escogeré unos temas introductorios, algo que se pueda contar en pocas líneas, algo entretenido y simple, fácil de leer y veré que feedback tengo. Seguiré a partir de ahí”.
En un momento determinado consideráis haber dado en el clavo: tenéis vuestra selección inicial de temas, vuestras fuentes y referencias. Ya sólo tenéis que darle forma e ir decidiendo la periodicidad de las publicaciones. Os reclináis en vuestro asiento con las manos detrás de la cabeza y una sonrisa de satisfacción.
“Esto está chupado: coser y cantar”.
Ahora, manteneos un poco más en esa ensoñación e imaginad que a la mañana siguiente os levantáis y, café en mano, descubrís una noticia que por sí sola puede hacer tambalearse los cimientos (ojo, desde un punto de vista legal) de una relación entre dos agentes que, hoy por hoy, son pilares fundamentales de la industria de los videojuegos.
Estamos hablando de la relación entre aquellos youtubers que suben let’s plays (incluiremos en esta categoría también a streamers que utilicen únicamente otras plataformas como Twitch) y los titulares de los derechos de Propiedad Intelectual de los videojuegos (normalmente publishers, aunque no podemos obviar a los estudios independientes que conservan la titularidad de los derechos de explotación).
Los que estéis más al día de la actualidad, a estas alturas ya estaréis imaginando que me refiero al episodio protagonizado por el youtuber Felix «PewDiePie» Kjellberg’s y Sean Vanaman, cofundador de la desarrolladora Campo Santo, creadores de Firewatch (los que hayáis estado en coma o en un monasterio budista las últimas semanas no os preocupéis, os podéis poner al día aquí).
Si la relación entre publishers y youtubers era una bola de cristal navideña que llevaba mucho tiempo posada y quieta en la estantería de la industria (a excepción de algún que otro episodio aislado también protagonizado por “el bueno de PewDiePie”) y nos mostraba un precioso paisaje invernal de beneficio mutuo, estos dos tíos, ellos solitos, se han encargado de agitarla tan fuerte que la ventisca generada en términos legales es difícil de reconocer, primero, y de asimilar, después.
Las implicaciones legales de esta controversia son muy importantes.
Y yo, que pensaba que lo tenía todo en su sitio y dispuesto, de repente me veo en un problema y de los gordos.
“¡Maldita sea! Esto no es algo que pueda pasar por alto, pero no puedo contarlo en unas pocas líneas…
Pff… Esto va a ser un rollo infumable, menudo estreno. Paso…
No, no puedo pasar, es importante…
Pero me va a llevar una vida opinarlo todo, me van a…
Ya, pues es lo que hay, majo”
Al final, la responsabilidad me ha vencido. Bueno, la responsabilidad y las ganas de contar lo que para mí es un acontecimiento que tener muy en cuenta en términos legales de cara al futuro. Como las implicaciones de este asunto son variadas, he considerado útil dividir nuestro “La que habéis liado, pollitos” en varios capítulos, de forma que sea más fácil separar cuestiones y facilitar la lectura y la pausa en la misma.
Vamos al lío…
Espero que lo disfrutéis.
¡Ah! Con todo el rollo se me olvidaba los más importante….
¡Bienvenidos a Develaw!