Call of Jury: AM General vs. Activision

AM General (en adelante AMG) se configura como uno de los principales fabricantes de vehículos pesados (todoterrenos, camiones, etc.) de la industria estadounidense. La compañía es famosa tanto por sus creaciones con fines civiles (caso de los primeros HUMMER) como por sus vehículos militares. Entre estos últimos destaca, sin lugar a duda, el HUMVEE o HMMWV (High Mobility Multipurpose Wheeled Vehicle), nuestro protagonista en este artículo.

Por su parte, aunque a estas alturas resulte evidente para la mayoría de los lectores, Activision es la compañía desarrolladora de, entre otros muchos títulos, los relativos a la archiconocida saga de juegos FPS bélicos Call of Duty.

Como muchos ya estaréis imaginando, los videojuegos Call of Duty están plagados de representaciones de Humvees y de menciones a los mismos. Lo que probablemente no tengáis tan claro es cuál es la relación comercial entre Activision y AMG. Pues bien, al parecer ésta es inexistente.

Según proclama AMG, la utilización de la imagen y nombre de sus vehículos por parte de Activision se ha llevado a cabo sin su autorización. No existía acuerdo de licencia y, por lo tanto, ni Activision estaba pagando royalties (u otro concepto), ni AMG los estaba percibiendo.

De nuevo, según la versión de AMG, tras casi un año de negociaciones infructuosas y ante la imposibilidad de cerrar el asunto mediante un acuerdo económico, se han visto obligados a defender sus derechos por vía judicial.

Así las cosas, el pasado día 7 de noviembre los representantes de la compañía AM General LLC interponían demanda contra Activision Blizzard, Inc., Activision Publishing, Inc., y la Major League Gaming Corporation ante el Tribunal para el Distrito Sur de Nueva York, División de Manhattan.

Pero ¿cuáles son los derechos que esgrime AMG para demandar a Activision?

Fundamentalmente derechos de marca. Y digo fundamentalmente porque algunas de las conductas que la demandante reprocha a Activision, como veremos más adelante, encajarían mejor en nuestro ordenamiento dentro de las conductas sancionadas por la Ley de Competencia Desleal. Vale, pero…

¿Qué es una marca?

Una marca es un signo que sirve para identificar el origen empresarial de un producto o un servicio. En otras palabras, una marca es un distintivo que permite al consumidor saber que todos los productos o servicios que llevan ese distintivo provienen de la misma empresa o de una relacionada con aquella.

Para obtener toda la protección de que la Ley de los distintos Estados confiere al titular de una marca, éste habrá de llevar a cabo un registro. Como la función de la marca es indicar el origen empresarial de productos o servicios, el registro de la marca no se hará de forma genérica, sino en relación con unos determinados productos y/o servicios.

Por ejemplo, las marcas de AMG base de la demanda están registradas para “Camiones” y “Vehículos a motor”, en la clase 12 del nomenclátor, y “Juguetes”, en la clase 28.

 

¿Qué derechos confiere una marca?

Esencialmente el titular de una marca tiene la capacidad de impedir que un tercero no autorizado utilice en el mercado dicho signo u otro semejante para identificar los mismos productos o servicios u otros similares a aquellos para los que la marca está registrada.

¿Qué alega AMG en la demanda contra Activision?

En líneas generales diremos que el fundamento de la demanda es que Activision viene llevando a cabo una utilización no autorizada de las marcas de AMG en relación con;

  • la representación de los vehículos protegidos en los videojuegos,
  • la utilización de las marcas denominativas en los videojuegos a través de diálogos y cuadros de textos,
  • la utilización del conjunto de marcas en guías de estrategia, y
  • la representación de los vehículos protegidos como juguetes comercializados bajo la marca Call of Duty;

A criterio de la demandante, esta utilización no autorizada;

  • genera un riesgo de que el público asocie a ambas compañías o entienda que, al menos, existe una relación comercial entre ellas,
  • supone un aprovechamiento indebido por parte de los desarrolladores de la fama de la empresa automovilística, y
  • produce un daño para la imagen y la reputación de las marcas de AMG.

Dicho lo anterior, el relato fáctico de la demanda es completo y bien estructurado y, a priori, pone a Activision en un lugar complicado. El petitorio de la demanda incluye;

  • que Activision realice una comunicación pública (previamente aprobada por AMG) en que se aclare la inexistencia autorización para la explotación de derecho ajenos, y
  • la compensación por diferentes conceptos de daños – sobre la base de diferentes normas aplicables – entre los que se incluyen los daños punitivos.

A Activision le puede salir muy cara la broma.

Por último, de entre los hechos mencionados en la demanda me gustaría destacar el contenido en el parágrafo 69 (pura causalidad) de la demanda. En éste se cita el Acuerdo de Licencia de Software de Call of Duty, en el que se establece que:

Todos los títulos, derechos de propiedad y propiedad intelectual derechos en este Programa y en todas y cada una de sus copias son propiedad de Activision o sus licenciantes

Según la demandante, de ese texto se puede inferir la intención de Activision de hacer creer al adquirente del juego que mantiene una relación comercial (licenciante-licenciatario) con AMG, por lo que respecta a los derechos sobre las marcas de este último.

Si tuviéramos que basarnos en el Derecho patrio, esto no entraría dentro del ámbito de protección marcario, ya que Activision no realiza en ese Acuerdo de Licencia de Software ningún uso de marca de tercero. En mi opinión, éste y otros actos que la demandante le imputa a Activision podrían intentar conceptuarse como actos de engaño (art. 5) o de explotación de la reputación ajena (art. 12) de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal.

Veremos en qué queda todo esto. No sabemos si terminará con sentencia o si las partes serán capaces de llegar a un acuerdo transaccional antes del fin del proceso. Lo que está claro es que este asunto debería servir de advertencia a muchos desarrolladores para ser conscientes de la necesidad de revisar el contenido que da forma a su título y asegurarse que poseen todos derechos sobre el mismo. Una auditoría a tiempo puede evitar muchos problemas.

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